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Declaración de Impuestos y Criptomonedas en Venezuela

marzo 15, 2026
Declaración de Impuestos y Criptomonedas en Venezuela

Declaración de Impuestos y Criptomonedas en Venezuela

Declaración de Impuestos y Criptomonedas en Venezuela (Actualizado a marzo 2026)
En Venezuela, las criptomonedas (bitcoin, USDT, Ethereum y otros criptoactivos) no tienen un impuesto específico propio. Se tratan como bienes o activos y sus ganancias se integran en el Impuesto Sobre la Renta (ISLR) administrado por el SENIAT. Solo se gravan las ganancias de capital realizadas (cuando vendes o intercambias a un precio superior al costo de adquisición). No se pagan impuestos por simple tenencia o por fluctuaciones de precio mientras las mantengas.
¿Quiénes están obligados a declarar?
Cualquier persona natural que cumpla ambos requisitos en el ejercicio fiscal 2025:

Haber residido en Venezuela más de 183 días.
Haber generado ingresos promedio mensuales superiores a 30-40 USDT (el umbral exacto varía ligeramente según fuentes oficiales y expertos; el SENIAT lo interpreta como enriquecimiento que obliga a declarar).

Esto incluye ganancias por trading, P2P, minería, staking o cualquier operación que genere lucro. El desconocimiento de la norma no exime de responsabilidad. Las empresas (personas jurídicas) también deben declarar si superan los umbrales correspondientes.
Plazo actual (¡urgente!)

Fecha límite: 31 de marzo de 2026.
Puedes fraccionar el pago en hasta 3 cuotas iguales (primera al 31 de marzo, las siguientes con 20 y 40 días adicionales).
El proceso es 100% en línea por el portal del SENIAT.

¿Qué se declara exactamente?

Solo las ganancias netas: Precio de venta o intercambio menos costo de adquisición (en USD o equivalente al tipo de cambio oficial del BCV si aplica).
Ejemplo: Compras 1 BTC por 30.000 USDT y lo vendes por 60.000 USDT → declaras 30.000 USDT de ganancia.
No declaras la tenencia total (solo si genera renta).
Se clasifica como rentas de capital o enajenación de bienes (no hay casilla específica para “cripto” en el formulario).

Otros impuestos relacionados:

IGTF (Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras): 3% en pagos o transacciones en criptomonedas distintas al Petro (o emitidas por la República) cuando superan ciertos montos o se hacen fuera del sistema bancario.
Posible IVA en algunos servicios relacionados (ej. exchanges o minería como actividad comercial).

Cómo declarar paso a paso (Formulario DPN-25)

Ingresa al portal oficial del SENIAT (www.seniat.gob.ve) con tu usuario y clave.
Ve a Procesos Tributarios → Declaración ISLR → Definitiva.
Selecciona el ejercicio 2025 y el tipo de contribuyente (persona natural).
Completa el cuestionario:
Indica tu tipo de enriquecimiento (asalariado, no asalariado o mixto).
En la sección de rentas gravables, agrega las ganancias de cripto en la partida correspondiente a “enajenación de bienes” u “otras rentas” (usa registros detallados).

Genera el Formulario DPN-25.
Revisa, guarda y declara. Paga en línea o en taquilla.

Documentos y registros imprescindibles (recomendado por expertos):

Historial completo de transacciones (fecha de compra, costo, fecha y precio de venta).
Capturas o reportes de exchanges (Binance, LocalBitcoins, etc.).
Carta explicativa (opcional pero útil para bancos o futuras revisiones).
Usa herramientas como Excel, Cointable o software contable para calcular ganancias.

Recomendación fuerte: Contrata un contador o asesor fiscal especializado en cripto. Muchos usuarios usan el “Perfil Cripto Financiero” con RIF, cédula y DPN-25 para justificar fondos ante bancos.
Sanciones por no declarar

Multas del 100% al 300% del impuesto omitido + intereses.
Problemas bancarios (bloqueos por falta de trazabilidad).
Posibles investigaciones por legitimación de capitales (UNIF).

Normativa de referencia

Ley de Reforma Parcial del ISLR.
Código Orgánico Tributario (COT).
Para contabilidad (empresas): Boletín de Aplicación VEN-NIF N° 12 (tratamiento de criptoactivos como activo separado).

Consejo final: Con solo 16 días restantes (al 15 de marzo 2026), actúa ya. Organiza tus transacciones y declara aunque sea en cero si no tuviste ganancias netas (la presentación es obligatoria si superas el umbral). El SENIAT está recordando activamente este tema en medios y redes.
Si necesitas:

Un ejemplo numérico detallado,
Tasas exactas del ISLR según tabla,
Ayuda con el cálculo de costos,
o información para empresas/minería,

proporciona más detalles (como tipo de operación o monto aproximado) y te amplío el reporte. ¡Mantente al día consultando directamente el portal SENIAT!

Fuentes:

  1. Normativa Oficial y Gacetas
    República Bolivariana de Venezuela. (2020). Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario. Gaceta Oficial N° 6.507 Extraordinario. https://www.asambleanacional.gob.ve/storage/documentos/leyes/decreto-constituyente-mediante-el-cual-se-dicta-el-codigo-organico-tributario-20211019155621.pdf
    República Bolivariana de Venezuela. (2021). Decreto N° 2.163 mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre la Renta. Asamblea Nacional. https://www.asambleanacional.gob.ve/storage/documentos/leyes/decreto-n0-2163-mediante-el-cual-se-dicta-el-decreto-con-rango-valor-y-fuerza-de-ley-de-reforma-parcial-del-decreto-con-rango-valor-y-fuerza-de-ley-de-impuesto-sobre-la-renta-20211019151632.pdf
    Federación de Colegios de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela. (2020, 15 de febrero). BA VEN-NIF N° 12 Versión N° 0: Tenencia de Criptoactivos Propios. https://www.ccpdistritocapital.org.ve/uploads/boletines/a4b2646c95e76c7dcc9580b8b510f0d4c50859a2.pdf
    Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. (s. f.). Declaraciones y portal fiscal. Recuperado el 15 de marzo de 2026, de https://declaraciones.seniat.gob.ve y https://www.seniat.gob.ve
  2. Artículos y Medios Especializados (2026)
    CriptoNoticias. (2026, 12 de marzo). Venezolanos tienen dos semanas para declarar sus criptomonedas. https://www.criptonoticias.com/regulacion/venezolanos-declaracion-impuestos-criptomonedas/
    El Diario. (2026, 12 de marzo). Ingresos por criptomonedas también deben declararse en el ISLR ante el Seniat. https://eldiario.com/2026/03/12/ingresos-por-criptomonedas-tambien-deben-declararse-en-el-islr-ante-el-seniat/
    Molero, J. (2026, 13 de marzo). Declaración de criptomonedas: cuál es el plazo máximo que deben cumplir los venezolanos. 2001 Online. https://2001online.com/nacionales/declaracion-de-criptomonedas-cual-es-el-plazo-maximo-que-deben-cumplir-los-venezolanos-20263139400
    Gálac. (s. f.). Impuestos y criptomonedas en Venezuela: normativa y contabilidad. https://galac.com/galac-blog/impuestos-criptomonedas-venezuela/
  3. Fuentes sobre IGTF y Transacciones
    Moore Venezuela. (2025). Compilación Normativa del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF). https://www.moore-venezuela.com/wp-content/uploads/sites/15/2025/12/156-IGTF.pdf
    Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. (s. f.). Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF). https://sites.google.com/view/08000seniat/impuesto-a-las-grandes-transacciones-financieras-igtf
    Estas son todas las fuentes principales que sustentan cada punto del reporte (plazos, umbrales de 30-40 USDT, tratamiento como ganancias de capital, IGTF 3 %, formulario DPN-25, sanciones y contabilidad VEN-NIF 12). Todas son oficiales o de medios de máxima confiabilidad y están actualizadas al 15 de marzo de 2026.

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