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Nueva Legislación sobre Confiscación de Criptomonedas por «Abandono»

julio 15, 2025
Nueva Legislación sobre Confiscación de Criptomonedas por "Abandono"
Nueva Legislación sobre Confiscación de Criptomonedas por "Abandono"

Nueva Legislación sobre Confiscación de Criptomonedas por «Abandono»

No existe una legislación global única y reciente específicamente dedicada a la confiscación de criptomonedas inactivas (dormant) por abandono puro, pero varios países y estados han adaptado sus normativas de propiedad no reclamada (escheatment en inglés) para incluir activos digitales como criptos. Estas leyes permiten que el estado tome posesión de activos abandonados después de un período de inactividad, con el objetivo de proteger a los propietarios legítimos (quienes pueden reclamarlos más tarde) y evitar el lavado de dinero o el uso ilícito. A continuación, detallo los avances más relevantes basados en información actualizada a julio de 2025:

  • Estados Unidos (Leyes de Escheatment o Propiedad No Reclamada):
    Varios estados han extendido sus leyes de propiedad abandonada a las criptomonedas, considerando cuentas «dormant» después de 3-5 años de inactividad (sin transacciones, accesos o contactos con el custodio). Los exchanges como Coinbase deben liquidar las criptos a USD y entregar los fondos al estado. Ejemplos clave:
  • California: La ley AB-1052 (aprobada en 2025) permite al estado confiscar criptos de cuentas custodiales inactivas después de 3 años. El proceso implica notificaciones previas al propietario; si no responde, se liquida y escheatea. No aplica a wallets no custodiales (autogestionadas). Efectiva desde junio de 2025. 34
  • Illinois: Bajo la Revised Uniform Unclaimed Property Act (RUUPA, actualizada en 2021 y aplicada a crypto en 2024), las criptos dormant por 5 años deben escheatearse, liquidándose a USD. Incluye multas para custodios que no cumplan. 96
  • Delaware y Nueva York: Dormancia de 5 años para crypto; se acepta en especie o se liquida. Nueva York actualizó en 2024 para incluir stablecoins. 99
  • Otros estados: Como Wyoming (donde Coinbase escheatea fondos de cuentas inactivas de usuarios kenianos desde 2024), Michigan e Iowa requieren reporting de crypto dormant, con liquidación obligatoria en algunos casos. La mayoría de estados usan un período de 3-5 años para cuentas bancarias o similares, ahora extendido a crypto. 94 98 Estado Período de Dormancia para Crypto Requisitos Principales Efectiva Desde California 3 años Liquidación a USD; notificaciones obligatorias 2025 Illinois 5 años Escheat obligatorio; multas por incumplimiento 2024 (extensión) Nueva York 5 años Acepta en especie o liquida; enfocado en securities 2024 Wyoming 3-5 años Liquidación para cuentas inactivas; reclamo vía estado 2024 Estas leyes no aplican a wallets privadas (non-custodial), solo a plataformas custodiales (exchanges). Los propietarios pueden reclamar fondos del estado indefinidamente, pero pierden ganancias post-liquidación.
  • Suecia: Desde noviembre de 2024, una ley permite confiscar criptos sospechosas de origen ilícito sin condena judicial, incluyendo activos «abandonados» si se prueban conexiones criminales. No es por abandono general, sino para combatir crimen organizado. Requiere colaboración entre policía y agencias fiscales. 45
  • España y UE: La adaptación a DAC8 (efectiva enero 2026) permite embargo de criptos en exchanges para deudas tributarias, no por abandono. Incluye reporting obligatorio de saldos. No hay norma específica para inactividad general. 54
  • Tendencia Global: La IRS (EE.UU.) y regulaciones como MiCA (UE, plena desde diciembre 2024) exigen más reporting, pero no confiscación automática por abandono. En 2025, bills como GENIUS Act (EE.UU.) buscan marcos para stablecoins, pero no abordan dormancia directamente. 46 47

En general, la «confiscación» es más un escheatment (transferencia al estado como custodio) que una pérdida permanente, y se enfoca en cuentas custodiales para prevenir fraudes.

¿Puede Aplicarse la Usucapión a las Criptomonedas?

La usucapión (o prescripción adquisitiva) es un instituto del derecho civil que permite adquirir propiedad por posesión continua, pacífica y pública durante un plazo (ej. 3-10 años para bienes muebles en España, dependiendo de buena fe). Para criptos, como activos intangibles y digitales, su aplicación es debatida y no hay legislación específica ni jurisprudencia consolidada a julio de 2025. Aquí un análisis:

  • Argumentos a Favor:
  • Las criptos se tratan como «propiedad» en muchos sistemas legales (ej. EE.UU. las considera activos para impuestos y garantías; en UE, MiCA las regula como bienes). 8 Si alguien controla una wallet (vía claves privadas) de forma exclusiva y abierta por el plazo requerido, podría argumentarse posesión. En derecho común (EE.UU., Reino Unido), el equivalente «adverse possession» se aplica a bienes tangibles, pero papers académicos sugieren adaptación para digitales si hay control continuo. 61
  • En blockchain, la tokenización de activos (ej. inmuebles) podría prevenir usucapión al registrar timestamps inmutables, pero para criptos puras, un poseedor podría reclamar si el dueño original abandona. 16
  • Desafíos y Argumentos en Contra:
  • Naturaleza Intangible: La usucapión requiere «posesión» física o efectiva. Para criptos, la posesión es control criptográfico, no físico, lo que complica probar «abierta y notoria» (ej. ¿cómo demostrar exclusividad sin violar términos de servicio de platforms?). Jurisdicciones varían: en civil law (España, Latinoamérica), aplica a muebles, pero criptos no encajan perfectamente como «cosas». 61
  • Contratos y Regulaciones: Muchas wallets están bajo términos de exchanges que prohíben posesión no autorizada. Además, si implica hackeo, no hay buena fe (requisito común). 66
  • Jurisdicción: Criptos son globales; ¿qué ley aplica? No hay uniformidad, y adverse possession es rara para intangibles. 60
  • Conclusiones Académicas: Estudios sugieren que adverse possession es limitada para digitales por replicabilidad infinita y falta de marcos legales. Se necesita adaptación, no aplicación directa. 61
  • Caso Reciente Relevante: En julio 2025, una transferencia de 80.000 BTC de wallets inactivas por 14 años invocó usucapión: un «segundo propietario» da plazo hasta septiembre 2025 al original para probar legitimidad, o reclamará por prescripción. Esto podría exponer vulnerabilidades en protocolos antiguos (P2PKH), arriesgando 6,16 millones de BTC dormant. No es jurisprudencia, pero genera debate sobre abandono digital. 76 83

La usucapión no se aplica rutinariamente a criptos debido a su naturaleza digital, pero en teoría podría en casos de control prolongado y buena fe. Recomiendo consultar un abogado especializado, ya que depende del país y contexto específico. Si hay abandono, es más probable escheatment estatal que usucapión privada.